En Manos Arriba hemos analizado las principales comisiones bancarias. La mala noticia es que son legales y las entidades financieras están autorizadas a cobrárselas a sus clientes. La buena es que podemos ahorrarnos una buena cantidad de dinero al año si escogemos la entidad con comisiones más reducidas.

Vicente Canuria, abogado colaborador de Manos Arriba ha realizado una comparativa de las comisiones más habituales gracias a los datos que facilita el Banco de España.
La comisión de mantenimiento existe por el mero hecho de tener una cuenta abierta en cualquier entidad. Pero la cuantía anual de esta comisión es muy variable, desde los 0 € de ING o EVO, pasando por los 36 € de Caja España, los 40 € del BBVA o los 60 € que cobran el Banco Santander o el Popular, situándose dentro de la media nacional. Destacan en la parte negativa los 200 € anuales del Banco Finantia que se sitúa a la cabeza de las entidades con mayor tasa de mantenimiento.
La única exención de esta comisión la encontramos si nuestra cuenta ha sido abierta únicamente para pedir un crédito personal o hipotecario. Eso sí, en el momento en que comencemos a utilizar esa cuenta para domiciliar el pago de recibos o alguna otra operación, el banco tiene derecho a empezar a cobrarnos esa comisión de mantenimiento anual.
En el caso de cancelación de la cuenta bancaria, la entidad debe devolver a su cliente la parte proporcional de la cuota de mantenimiento que le haya cobrado.
Las comisiones por reclamación por descubierto también varían en función de cada entidad. El devengo de esta comisión debe estar vinculado a la existencia efectiva de gestiones por parte de la entidad para reclamar esa cantidad, es decir, que no sirve con la típica carta genérica que habitualmente nos envían a casa. El banco debe demostrar que ha realizado un trabajo real y personalizado con su cliente para reclamar ese dinero que ha quedado al descubierto. En caso de que no sea así, el cliente puede ejercer su derecho de reclamación ante su entidad financiera y, posteriormente, ante el Banco de España.
El BBVA no reclama esta comisión siempre y cuando el descubierto sea inferior a 60 €. Cajasiete pasa un 6% con un importe mínimo de 11 €, aunque la media en España se sitúa en el 4,11% del descubierto y 13 € de media. La entidad más cara es Bantierra con 40 € por reclamación y el lado opuesto de la lista se sitúa EVO, que no cobra comisiones por descubierto.
Las comisiones por transferencia se han convertido en algo habitual. La media nacional se sitúa en el 0,32% del importe transferido, y unos 3,41 € de media. Es conveniente prestar atención a un detalle: el banco no puede cobrar dos comisiones por la misma operación, es decir, que bajo ningún concepto pueden pasarnos una comisión por recibir una transferencia y otra por el abono en cuenta de esa transferencia. Si un banco cobra este tipo de comisiones, está obligado a informar inmediatamente inmediatamente de su existencia.
Las comisiones en créditos hipotecarios son varias: comenzando por la comisión de estudio por análisis de riesgo y verificación de la solvencia de la persona que desea solicitar esa hipoteca, y pasando por la comisión de apertura. En caso de solicitudes de crédito hipotecario inferiores a 150.000 €, la comisión de apertura englobaría también la de estudio.
Caso aparte es el de la comisión por amortización anticipada, que se sitúa de media en el 0,5% de la cantidad amortizada anticipadamente y que se reduce al 0,25% si esa amortización se produce como mínimo 5 años después de la concesión de la hipoteca.
En los créditos personales los porcentajes también oscilan, del 1% de CEISS al 3% del Banco Sabadell.
Vicente Canuria nos aporta una serie de claves para poder lidiar con todas estas comsiones:
Nuestra entidad financiera debe informar previamente de las comisiones más habituales y éstas deben estar expuestas en el tablón de anuncio de las sucursales y en la página web.
Si nuestro banco modifica alguna de estas comisiones está obligado a informar a sus clientes, que podrán ejercer su derecho de oposición y dar por finalizado el contrato mediante la cancelación de la cuenta.
Es conveniente leer la letra pequeña de cualquier contrato que firmemos con un banco. A pesar de que el tamaño reducido de la tipografía dificulta esta operación, en las cláusulas deben especificar la cuantía de todas las comisiones asociadas a dicho contrato.
Lo ideal sería tener dos cuentas: una en la banca electrónica para las operaciones cotidianas ya que no cobran comisiones, y otra en la banca tradicional para poder tener acceso a una sucursal física.
El buen entendimiento con el personal de una sucursal bancaria puede lograr que nos eliminen ciertas comisiones sin necesidad de reclamar.
Si quieres aprender más sobre las comisiones bancarias, puedes escuchar la entrevista completa en el siguiente enlace.