La mediación en Justicia contribuye a no colapsar los juzgados y evita la contratación de un abogado

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) define la mediación como un modelo de solución de conflictos que, mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial, ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas. Así, la mediación es un cauce complementario para resolver conflictos antes de llegar a juicio. Jorge García Vega, asesor jurídico de Manos Arriba, ha explicado que la mediación ahorra tiempo y dinero.

Tiempo porque contribruye a no colapsar las salas de los juzgados y dinero, porque evita la contratación de la figura del abogado. Cada vez con más frecuencia se acude a la figura del mediador para resolver conflictos. Hay que tener en cuenta que el acta que levanta la figura del mediador cuando hay acuerdo tiene validez a nivel jurídico.

La mediación, según señaló García Vega, puede intervenir en conflictos del área civil y mercantil, en el ámbito familiar (siempre que no se trate de violencia de género). También está regulada la mediación concursal.

Para poder ejercer de mediador hay que estar registrado como tal en el Ministerio de Justicia. Jorge García añadió que las asociaciones de mediadores exigen a Justicia que la mediación sea el paso previo antes de llegar a  juicio, un paso que en la actualidad es opcional.