La sanción por no respetar los plazos puede llegar a los 3.000 € para fianzas inferiores a 600 €

La reforma de la Ley del Derecho a la Vivienda llevada cabo por la Junta de Castilla y León tiene repercusión directa en los alquileres. Entra en vigor el 20 de octubre y con ello la obligatoriedad de depositar la fianza por el alquiler en el plazo de un mes desde que se formalice el contrato. Según ha informado la Cámara de la Propiedad Urbana de León, si no se efectúa el depósito de la fianza en un mes se impondrá la “correspondiente sanción, cuyo importe es variable en función la cuantía de la fianza, y aplicable por el mero hecho de depositar la fianza arrendaticia fuera de ese plazo”.

Las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León son las entidades encargadas de gestionar el depósito obligatorio de las fianzas de los contratos de alquiler. Las sanciones pueden llegar a los 3.000 € para fianzas inferiores a 600 €. La sanción mínima para alquileres superiores a los 600 € euros oscila entre los 3.001 € y los 15.000 €. En el caso de infracciones muy graves, como no depositar en un mes fianzas de importe superior a 6.000 €, la sanción mínima es de 15.001 € y puede alcanzar los 90.000 €. El depósito de la fianza supone una garantía para los arrendatarios de recuperar su importe al término del alquiler.

Por otro lado, la Ley del Derecho a la Vivienda prevé una obligación adicional para el arrendador. Tiene que comunicar al arrendatario que se ha depositado la fianza también dentro del plazo de un mes desde que se formaliza el contrato, cosa que  también facilitará a quien alquila el acceso a subvenciones públicas y privadas, becas, contratación de suministros, etc.